Martes, 8 de septiembre de 2026
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Casas particulares: cuánto se paga en septiembre por una jornada semanal de cuatro horas

La escala vigente para el personal de tareas generales, asistencia, cuidado, tareas específicas y supervisión fija pisos que van de $15.658,56 a $20.198,32 por cuatro horas semanales, según la categoría y la modalidad de retiro. El ajuste mensual es del 1,8% y se suma la incorporación gradual de un adicional extraordinario.

Por Julián FerreyraEconomía y comercio · 8 de septiembre de 2026 · hace 42 min

El piso más bajo para una jornada de cuatro horas semanales en septiembre corresponde al personal de tareas generales con retiro, con un valor de $15.658,56, según la escala salarial vigente para el personal de casas particulares. Esa cifra se obtiene de multiplicar por cuatro el piso horario de $3.914,64 definido por la normativa. El número surge de los valores oficiales publicados por la autoridad laboral y constituye el mínimo legal que los empleadores deben abonar en todo el territorio nacional.

Quienes se desempeñan en tareas generales pero sin retiro perciben $16.743,76 por la misma carga horaria, con un valor por hora de $4.185,94. La diferencia entre ambas modalidades refleja el componente adicional que reconoce la permanencia en el hogar donde se presta el servicio.

Asistencia, cuidado y personal con residencia

Para las trabajadoras dedicadas a la asistencia y cuidado de personas, el piso semanal de cuatro horas llega a $16.743,76 con retiro y a $18.567,60 sin retiro. Los caseros, por su parte, registran una sola referencia dado que residen en la vivienda donde trabajan: $16.743,76 por esas cuatro horas.

Vamos a los números. Las categorías de tareas específicas y supervisión concentran los valores más altos de la escala. En tareas específicas, el rango va de $17.690,16 a $19.239,20 según la modalidad de retiro. Las supervisoras son quienes más cobran: desde $18.581,32 con retiro hasta $20.198,32 sin retiro, lo que las ubica en el extremo superior de la grilla.

Aumentos programados y adicional extraordinario

  • Septiembre: 1,8% sobre los valores de agosto.
  • Octubre: 1,7% sobre los valores de septiembre.
  • Noviembre: 1,6% sobre los valores de octubre.
  • Diciembre: 1,6% sobre los valores de noviembre.
  • Adicional extraordinario: $8.000 pagado en agosto a quienes trabajan menos de 12 horas semanales, incorporado al básico en tres cuotas ($2.000 en septiembre, $4.000 en octubre y $2.000 en noviembre).

La resolución que establece el ajuste de septiembre fija incrementos para los meses siguientes: 1,7% en octubre y 1,6% tanto en noviembre como en diciembre. Cada aumento se aplica sobre los valores del período inmediato anterior, lo que produce una acumulación mensual sobre los pisos horarios y mensuales.

A ese cronograma se agrega la incorporación gradual de una suma extraordinaria que correspondió a agosto. Las trabajadoras con menos de 12 horas semanales recibieron ese mes un adicional de $8.000. Ese importe se integra al salario básico en tres tramos: $2.000 en septiembre, $4.000 en octubre y $2.000 en noviembre, hasta completar el total.

Modalidad mensualizada y encuadre por tarea principal

Para quienes trabajan en modalidad mensual, los valores son distintos y se rigen por una escala separada. El mínimo de septiembre para tareas generales con retiro es de $480.247,85, y sin retiro asciende a $529.261,78. Las supervisoras mensualizadas cobran desde $579.493,14 con retiro hasta $640.641,55 sin retiro, de acuerdo con la grilla oficial.

Cuando una trabajadora cumple funciones que corresponden a más de una categoría, la escala indica que debe encuadrarse según la actividad principal que realiza habitualmente. Esa definición determina el valor horario mínimo aplicable y resulta clave para evitar liquidaciones por debajo del piso correspondiente.

La escala fija pisos legales. Empleadores y trabajadoras pueden acordar remuneraciones superiores a los montos definidos en la normativa. En todos los casos, los valores corresponden al mínimo obligatorio y deben compararse con los del mismo mes del año anterior y con el promedio nacional que surge de la aplicación uniforme de la grilla en todo el país.

JF
Julián FerreyraEconomía y comercio

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