Condena confirmada para un enfermero de Rosario que vendía fentanilo y otros medicamentos sustraíos del PAMI II
La Justicia federal de Rosario homologó un acuerdo de juicio abreviado y le impuso cuatro años y seis meses de prisión efectiva a Luis Benavídez, quien comercializaba sustancias de uso hospitalario a través de redes sociales. La pesquisa se originó tras la denuncia del padre de un consumidor fallecido cuya autopsia no logró determinar la causa de muerte.
La Justicia federal de Rosario, a través del Juzgado Federal de Garantías a cargo de Carlos Vera Barros, condenó a Luis Benavídez, enfermero del Policlínico PAMI II de la ciudad, a la pena de cuatro años y seis meses de prisión efectiva, con una inhabilitación de igual duración para ejercer la enfermería y para desempeñar cargos públicos, según la información a la que tuvo acceso este medio. La resolución se alcanzó en el marco de la causa caratulada por el delito de comercialización de estupefacientes y otras figuras conexas, y derivó de un acuerdo pleno entre el Ministerio Público Fiscal y la defensa del acusado, que fue homologado en una audiencia realizada el 4 de septiembre, sin que el material difundido precise el año de celebración.
Durante la audiencia de homologación, el acusado reconoció expresamente los hechos atribuidos, su propia participación, la prueba reunida por la acusación, la calificación legal propuesta por la fiscalía y la pena solicitada por las partes. En ese contexto, el juez Vera Barros consideró que existían elementos suficientes para tener por acreditada la existencia de los hechos y la responsabilidad penal del encartado, y dio por válido el acuerdo, de conformidad con el procedimiento previsto en el Código Procesal Penal Federal para los casos de juicio abreviado.
Los cuatro delitos por los que recayó la condena
- Comercio de estupefacientes, en la modalidad de venta de fentanilo.
- Comercialización de sustancias medicinales peligrosas con ocultamiento de su carácter nocivo, figura aplicada a la venta de bromuro de vecuronio.
- Hurto, en referencia a la sustracción de medicamentos del establecimiento sanitario donde se desempeñaba como enfermero.
- Tenencia ilegítima de un arma de fuego de uso civil, vinculada a una pistola secuestrada durante uno de los allanamientos ordenados en la investigación.
De acuerdo con lo reconstruido por la fiscalía a partir del análisis del teléfono de un hombre de 37 años hallado sin vida en su departamento el 9 de agosto de 2023, el enfermero ofrecía sustancias de uso hospitalario a través de redes sociales y coordinaba la entrega con eventuales compradores. Según la acusación, Benavídez se desempeñaba en el Policlínico PAMI II de Rosario desde 2014, y obtenía los medicamentos en ese establecimiento para luego destinarlos a la comercialización con fines de consumo recreativo, lo que terminó de configurar la plataforma fáctica que derivó en la imputación penal.
La investigación federal se originó a partir de la denuncia presentada por el padre del consumidor fallecido, quien aportó a la Unidad Fiscal Rosario el teléfono de su hijo y documentación vinculada a la compra de sustancias. En esa presentación, el denunciante manifestó que su hijo adquiría fentanilo y otras drogas a través de un enfermero, dato que permitió la apertura de la pesquisa en el ámbito de la justicia federal por la presumible comercialización de medicamentos de uso restringido. La causa originaria por la muerte, en tanto, había quedado archivada en la justicia provincial, dado que la autopsia no logró establecer una causa de muerte cierta y el laboratorio interviniente no contaba con las técnicas necesarias para confirmar la presencia de vecuronio en el organismo de la víctima, lo que impide atribuir el fallecimiento a una sustancia específica aunque no se haya descartado un origen toxicológico.
Cabe señalar la distinción entre lo que quedó probado y lo que sostiene la investigación: en el plano estrictamente penal, quedó acreditado que Benavídez sustrajo medicamentos del Policlínico PAMI II y los comercializó de manera ilícita, configurando los cuatro delitos por los que recibió condena; en cambio, la conexión entre esas ventas y la muerte del consumidor de 37 años permanece como una hipótesis de la pesquisa, dado que la autopsia no pudo determinar la causa del fallecimiento ni confirmar qué sustancia lo provocó, de modo que el deceso no fue atribuido formalmente al consumo de las sustancias vendidas por el enfermero. El paso procesal que sigue es el cumplimiento efectivo de la pena de cuatro años y seis meses de prisión, junto con la inhabilitación para ejercer la enfermería y para ocupar cargos públicos por idéntico período, una vez que la sentencia homologada quede firme y se efectivice el ingreso del condenado a un establecimiento penitenciario.
