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La Suprema Corte de Mendoza cerró definitivamente la causa contra los rugbiers franceses Auradou y Jegou

El máximo tribunal provincial rechazó el recurso de la querella y confirmó el sobreseimiento dictado en 2024. La decisión puso fin a un proceso que atravesó tres instancias judiciales y dejó a los deportistas fuera de toda imputación. La defensa anunció que demandará a la denunciante y a su representante legal.

Por Valentina IriartePoliciales y judiciales · 4 de septiembre de 2026 · hace 3 h

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza confirmó el sobreseimiento de Hugo Auradou y Oscar Jegou, los dos jugadores del seleccionado francés de rugby que habían sido denunciados por abuso sexual tras un partido disputado en la provincia en julio de 2024. Con la firma de los jueces Dalmiro Garay Cueli, Norma Llatser y José Valerio, el máximo tribunal provincial rechazó el recurso de casación que había presentado la querella y dejó firme la absolución dictada en las instancias anteriores.

Los hechos que dieron origen a la denuncia

La causa se inició el 8 de julio de 2024, pocas horas después de que Auradou y Jegou participaran de un encuentro internacional entre las selecciones de Francia y Argentina en Mendoza. Una mujer que los había conocido esa noche en un local bailable los denunció por abuso sexual. Ambos deportistas permanecieron privados de su libertad durante casi un mes, hasta que la Justicia les permitió regresar a su país de origen.

El recorrido judicial hasta la absolución

En diciembre de 2024, la jueza de Garantías Elenora Arenas dictó el sobreseimiento. La querella apeló esa resolución y cuestionó la valoración de la prueba y la actuación del Ministerio Público Fiscal. En febrero de 2025, el Tribunal Penal Colegiado N° 1 de la Primera Circunscripción de Mendoza confirmó el fallo y sostuvo que la evidencia fílmica, los testimonios recabados, los peritajes médicos y psicológicos, así como los propios mensajes de la denunciante en las horas y días posteriores a los hechos, habían desvirtuado la hipótesis acusatoria.

La Suprema Corte se pronunció en el mismo sentido. El tribunal consideró que los planteos de la querella no lograron demostrar una valoración arbitraria de la prueba ni señalaron medidas pendientes de producción que pudieran revertir el cuadro probatorio. La sentencia indicó, además, que ninguno de los testigos que tuvo contacto con la denunciante antes, durante o inmediatamente después de los hechos aportó información que corroborara su versión.

La reacción de la defensa y los pasos que vienen

Tras conocerse el fallo, Rafael Cúneo Libarona, abogado de los deportistas, afirmó que los rugbiers recuperaron su prestigio y sostuvo que la mentira no puede ser gratis. Anticipó acciones legales contra la denunciante y contra su representante: «La denunciante y su abogada responderán cada una por sus mentiras y mala praxis profesional», dijo.

  • La Suprema Corte rechazó la casación y confirmó el sobreseimiento en todas sus partes.
  • La decisión puso fin al proceso en sus tres instancias: Juzgado de Garantías, Tribunal Penal Colegiado y máximo tribunal provincial.
  • La defensa anunció que estudiará iniciar acciones civiles contra la denunciante y su abogada por los daños ocasionados.

Con la resolución de la Suprema Corte, el expediente penal queda cerrado sin posibilidades de revisión dentro de la jurisdicción mendocina. El paso procesal que sigue es la eventual presentación de las demandas civiles anunciadas por Cúneo Libarona, cuya fecha de interposición aún no fue definida. La firma se completó en los últimos días de noviembre de 2025, según fuentes del Poder Judicial de Mendoza.

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Valentina IriartePoliciales y judiciales

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