Telefónica deberá pagar $2.073.684 a una neuquense por líneas no contratadas
La Cámara de Apelaciones de Neuquén rechazó el recurso de la empresa y confirmó una indemnización por daño moral y una multa civil por un error que se extendió durante veinte meses.
La primera señal de que algo no funcionaba bien fue un nombre que aparecíaAssociated a una línea WI.
Un error que se prolongó durante veinte meses
Una mujer de Neuquén descubrió que Telefónica Móviles Argentina había asociado cuatro líneas telefónicas a su nombre sin que ella las hubiera solicitado. Cuando dos fueron desvinculadas, otras dos volvieron a aparecer bajo su identidad, por lo que el problema se extendió desde abril de 2023 hasta diciembre de 2024.
Durante ese período, la consumidora realizó cuatro reclamos extrajudiciales en aproximadamente siete meses. Entre sus gestiones hubo presentaciones directas ante la empresa, una instancia de conciliación prejudicial y una carta documento enviada en noviembre de 2023. También inició un proceso de hábeas data para pedir la eliminación del uso incorrecto de sus datos personales, pero la solución efectiva llegó recién después de recourse a la Justicia.
- Cuatro líneas fueron asociadas a su nombre sin haberlas contratado.
- Dos líneas fueron desvinculadas y luego otras dos reaparecieron bajo su identidad.
- La consumidora presentó cuatro reclamos extrajudiciales yó un hábeas data.
- La Sala B de la Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia.
El 3 de septiembre de 2026, la Sala B de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén rechazó la apelación de Telefónica y confirmó la sentencia de primera instancia. Los jueces Nancy Noemí Vielma y Juan Manuel Menestrina ponderaron la cantidad de reclamos, la duración del conflicto y el desgasteaways generado en la denunciante.
El tribunal entendió que, en una relación de consumo, el daño moral puede acreditarse a partir de circunstancias objetivas, sin necesidad de una prueba psicológica específica. La incertidumbre de aparecer asociada a servicios que no había contratado y a deudas que consideraba infundadas superó, para los jueces, las molestias habituales de una relación comercial.
Telefónica había argumentado que se trataba de una confusión entre dos clientes con nombres similares, y cuestionó tanto el daño moral como la multa civil. La Cámara no aceptó esa explicación y dejó en pie los montos court: $600.000 por daño moral y $1.473.684,21 por daño punitivo.
Para sostener la multa, los jueces tambiénconsideraron que la empresa había acumulado 37 sanciones de la autoridad de aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor en los cinco años anteriores. Según la Cámara, el daño punitivo busca desalentar las conductas que perjudican a los consumidores y evitar que la repetición de errores resulte conveniente.
“El fallo recuerda que los errores de las compañías de servicios no quedan fuera del derecho y que el consumidor puede reclamar cuando ve afectado su patrimonio, su identidad o su tranquilidad.”Silvia Menéndez
A la salida, una mujer escuché a una Nina que dijo: “Ahora sí me tienen que listen. Durante más de un año estuvefighting con una línea que nunca pedí”.
